Las gratificaciones legales forman parte de la base de cálculo para el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), determinó la SBS, al responder una consulta de la Asociación de Empresas de Seguros.
Así, mediante el Oficio Nº 35077-2009-SBS, confirmó que las gratificaciones de julio y diciembre deben ser incluidas al momento de efectuar el cálculo de la correspondiente prima por el SCTR.
La SBS se adscribe a la posición según la cual el pago por SCTR es una prima a cargo del empleador, no constituyendo una aportación, contribución ni descuento, refiere el Estudio Rodrigo, Elias & Medrano.
gracias por aceptarme en este grupo estare muy atento en los comunicados de ustedes gracias nuevamente